Por Sergio Pérez,

Llevar al día el calendario fiscal es una de las tareas más importantes para cualquier empresa o autónomo. Conocer con antelación qué modelos deben presentarse y en qué fechas permite preparar la documentación con tiempo, evitar errores y cumplir correctamente con las obligaciones tributarias.

Según la información publicada por la Agencia Tributaria (AEAT), durante el mes de marzo existen varios modelos fiscales que deben presentarse antes de finalizar el mes.

A continuación repasamos las principales fechas fiscales que debes tener en cuenta en marzo.

Hasta el 30 de marzo de 2026

Antes del 30 de marzo deben presentarse varios modelos relacionados principalmente con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y con determinados regímenes fiscales específicos.

El modelo 303 es el formulario que utilizan autónomos y empresas para realizar la autoliquidación del IVA.

Según explica la Agencia Tributaria, en este modelo se declara la diferencia entre:

  • IVA repercutido en las ventas
  • IVA soportado en las compras

En marzo se presenta la autoliquidación correspondiente al periodo de febrero de 2026 para aquellos contribuyentes que liquidan el impuesto de forma mensual.

Modelo 322 – Grupo de entidades (modelo individual)

El modelo 322 forma parte del régimen especial del grupo de entidades del IVA.

En este régimen, cada empresa que pertenece al grupo presenta su declaración individual mediante este modelo, reflejando las operaciones realizadas durante el periodo correspondiente.

En este caso, el modelo presentado corresponde también al mes de febrero de 2026.

Modelo 353 – Grupo de entidades (modelo agregado)

El modelo 353 es la declaración agregada del grupo de entidades en el IVA.

Mientras que el modelo 322 recoge la información individual de cada empresa, el modelo 353 consolida los datos de todo el grupo para determinar el resultado final de la liquidación del impuesto.

Este modelo también debe presentarse antes del 30 de marzo, correspondiente al periodo de febrero.

Modelo 380 – Operaciones asimiladas a las importaciones

El modelo 380 se utiliza para declarar determinadas operaciones asimiladas a las importaciones que, a efectos fiscales, reciben un tratamiento similar al de una importación tradicional en el IVA.

La Agencia Tributaria establece que este modelo también debe presentarse antes del 30 de marzo, correspondiente al mes de febrero de 2026.

Hasta el 31 de marzo de 2026

El modelo 720 es una declaración informativa mediante la cual los contribuyentes deben comunicar a la Agencia Tributaria determinados bienes y derechos situados en el extranjero.

Según la AEAT, esta obligación afecta cuando se superan determinados límites en activos como:

  • Cuentas bancarias en entidades financieras extranjeras.
  • Valores, seguros o rentas depositados fuera de España.
  • Bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

El plazo para presentar esta declaración finaliza el 31 de marzo.

La importancia de preparar estas declaraciones con tiempo

Muchas incidencias fiscales se producen por dejar la preparación de las declaraciones para el último momento. Revisar las ventas, compras y facturas con antelación permite detectar errores, ajustar los datos correctamente y presentar los modelos con tranquilidad.

Para los negocios, contar con la información financiera organizada durante todo el mes facilita mucho la preparación de estos modelos.

Con herramientas de gestión como Eactivo, es posible centralizar facturación, compras y ventas en un único sistema, lo que ayuda a tener los datos preparados cuando llega el momento de presentar las obligaciones fiscales.