Por Sierra González,

La Ley de IVA fue aprobada en el año 1992 y es la que rige el tipo impositivo al consumo en España, se regula por la Ley 37/1992 y habrá que tenerla en cuenta a la hora de facturar bienes o servicios en la península e islas baleares.

Esta tasa impositiva significa que en cada compra o venta que realicemos tendremos que aumentarle el % que indica la Ley, según el tipo de producto o servicio.

Es una Ley con casi 30 años de antigüedad, aunque ha sufrido modificaciones para adaptarse a la vida social actual.

Actualmente los porcentajes vigentes para el año 2020 son:

· El general: 21%

· El reducido: 10%

· El superreducido: 4%

Dentro de esta Ley, los responsables de recaudar ese tipo impositivo son las empresas y los autónomos, ya que, se encargarán de custodiarlo hasta su entrega a la Hacienda Pública de forma trimestral o mensual, mediante la presentación de las autoliquidaciones tributarias.

Las declaraciones que usan los empresarios para ingresar el IVA son los modelos 303, 309, 390, 347 y 349.