Por Sierra González,

La Nacionalidad se define como el vínculo jurídico que une a una persona con un estado, por esta relación el ciudadano disfrutará de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece, y, a su vez ésta establece un cumplimiento de diversas obligaciones.

El derecho de toda persona a tener una nacionalidad viene establecido en el artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

La Nacionalidad es un elemento fundamental en la vida de un ciudadano, de manera que le permita permanecer a un grupo para que el Estado le otorgue protección y la posibilidad de ejercer sus derechos conforme a las normas jurídicas del mismo.

En definitiva, es la máxima expresión jurídica de la integración de una persona en un estado, esto implica muchas cosas más que una autorización para trabajar o de residencia.

También es una condición indispensable para recibir protección diplomática de los derechos nacionales cuando nos encontramos en un país extranjero.

La nacionalidad está recogida en el artículo 11 de la Constitución, donde se indica que se adquiere, se conserva y se pierde según lo establezca la Ley.