Por Sierra González,

Según las Normas Internacionales de Contabilidad un negocio conjunto es un acuerdo mediante ambas partes donde desarrollarán una actividad económica que estará bajo un control conjunto.

Según esta Norma hay tres tipos de negocios conjuntos que son:

  1. Explotaciones controladas conjuntamente
  2. Activos controlados conjuntamente
  3. Entidades controladas conjuntamente

La existencia de un acuerdo contractual, distinguen a las inversiones que implican control conjunto de las inversiones en entidades asociadas, en la cual, el inversor ejerce control sobre la entidad participada.

El acuerdo contractual debe cumplir cuestiones como:

· Actividad, duración y obligaciones financieras

· Nombramiento del Consejo de Administración y el derecho a voto de los partícipes

· Las aportaciones al capital que hayan hecho los partícipes

· El reparto entre los partícipes y el beneficio conjunto

En conclusión, para que haya un negocio conjunto tiene que haber dos o más partícipes que estén ligados a un acuerdo y se debe establecer la existencia de control conjunto.