Por Sergio Pérez,

VeriFactu: cuándo es obligatorio y qué debes tener listo antes

El 82% de las empresas españolas de menos de 50 trabajadores todavía no cumplía los requisitos técnicos del sistema cuando estaba previsto que entrara en vigor, según un estudio de Qonto elaborado junto a IO. El aplazamiento aprobado a finales de 2025 les dio aire, pero dejó una duda razonable en el aire: cuándo es obligatorio VeriFactu exactamente, y qué hay que tener preparado antes de esa fecha.

Este artículo responde a las dos preguntas con el calendario que está vigente hoy.

Cuándo es obligatorio VeriFactu: el calendario vigente

El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, publicado en el BOE al día siguiente, aplazó por segunda vez la entrada en vigor del sistema. Las fechas que aplican actualmente son dos, y dependen de cómo tributes:

  • 1 de enero de 2027 — empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 — autónomos y profesionales, más de 3,4 millones de personas.

Quedan fuera quienes ya remiten sus facturas a través del Suministro Inmediato de Información (SII), es decir, los contribuyentes que superan los 6 millones de euros de facturación anual. Para ellos no cambia nada, porque ya informan a la Agencia Tributaria por otra vía.

Conviene retener una idea: el aplazamiento movió el calendario, pero no derogó nada. Ni un solo requisito técnico se ha suavizado, y la ley antifraude que sostiene todo el sistema sigue vigente desde 2021.

Qué exige VeriFactu a tu programa de facturación

VeriFactu no es un trámite que se presenta ni un formulario que se rellena. Es un conjunto de condiciones que debe cumplir el programa con el que emites tus facturas. Estas son las principales, en lenguaje llano:

Registro de facturación. Cada vez que emites una factura, el sistema genera automáticamente un registro con sus datos fiscales. También lo hace cuando anulas una: la anulación deja su propio rastro.

Encadenamiento. Cada registro incorpora una referencia al registro anterior, de modo que todos quedan enlazados en una cadena. Si alguien intentara eliminar o alterar una factura intermedia, la cadena se rompería y quedaría a la vista.

Huella digital. Cada registro lleva un código calculado a partir de su contenido. Si el contenido cambia, el código deja de coincidir. Es lo que garantiza que la factura no se ha modificado después de emitirse.

Código QR en la factura. Toda factura debe incluir un QR que permite a tu cliente comprobar en la web de la Agencia Tributaria que esa factura está registrada. Es la parte más visible del cambio: la verá cualquiera que reciba una factura tuya.

Remisión a la Agencia Tributaria. En la modalidad VeriFactu, los registros se envían automáticamente a Hacienda según se generan. Existe una alternativa, la de sistemas no verificables, que no remite los registros pero exige requisitos más estrictos de conservación y firma.

Inalterabilidad. Deja de ser posible borrar una factura emitida. Si hay un error, se corrige emitiendo una factura rectificativa. Este es, en la práctica, el cambio que más afecta al día a día de quien factura.

Dos confusiones habituales sobre VeriFactu

No es lo mismo que la factura electrónica obligatoria. Son dos normas distintas y con calendarios distintos. VeriFactu regula cómo tu programa registra y certifica las facturas que emites. La factura electrónica entre empresas viene de la Ley Crea y Crece y regula en qué formato se intercambian esas facturas. Cumplir una no te exime de la otra.

Que tu asesoría lleve tu contabilidad no te cubre. La obligación recae sobre quien emite la factura y sobre el programa con el que la emite. Tu asesoría recibe las facturas después de emitidas: lo que ocurra en el momento de emitirlas es responsabilidad tuya y del software que uses.

Por qué no conviene esperar a que VeriFactu sea obligatorio

La tentación de dejarlo para el último trimestre es comprensible, pero tiene dos problemas concretos.

El primero es que la puesta en marcha necesita trabajo previo. Las series de facturación tienen que estar ordenadas y los datos fiscales de tu empresa correctos antes de emitir el primer registro. Si arrastras series duplicadas o numeración irregular de ejercicios anteriores, eso hay que resolverlo antes, no durante.

El segundo es el calendario. Para las sociedades, la fecha es el 1 de enero: justo después del cierre del ejercicio, la peor semana del año para tocar la facturación. Quien lo deje para diciembre se encontrará dos tareas críticas encima a la vez.

Hay además una señal útil para valorar a tu proveedor actual. Los fabricantes y comercializadores de software de facturación están obligados a ofrecer productos adaptados desde el 29 de julio de 2025. Ese plazo no se aplazó. Si a estas alturas tu programa todavía no te ofrece VeriFactu funcionando, no es que vayas con tiempo: es que tu proveedor va tarde.

VeriFactu en eactivo: ya está funcionando

En eactivo el sistema no es una previsión de futuro. Está operativo y enviando registros reales a la Agencia Tributaria:

  • Envío automático de los registros de alta y de anulación a los servicios de la AEAT.
  • Encadenamiento y huella de cada registro, generados por el sistema sin intervención manual.
  • Código QR verificable incorporado a la factura.
  • Activación por empresa, con la fecha de inicio que decidas, para que puedas ponerlo en marcha cuando te convenga y no cuando te obligue el calendario.
  • Registro de envíos con el detalle de cada remisión, y reenvío o subsanación de los registros que Hacienda devuelva con incidencias.
  • Modalidad no verificable para quien prefiera esa alternativa.

Si ya trabajas con eactivo, activarlo es cuestión de minutos y podemos ayudarte a hacerlo. Si todavía no, este es un buen momento para verlo con calma: en enero ya no lo será.

¿Quieres comprobar cómo funciona con tus propias facturas? Escríbenos y te lo enseñamos sin compromiso.