Por Sergio Pérez,
Comienza un nuevo año fiscal y con él llegan obligaciones tributarias clave para autónomos y pymes. Enero marca el tono del ejercicio —cumplir a tiempo con los plazos fiscales no solo evita sanciones, sino que te ayuda a planificar mejor el resto del año.
A continuación te detallamos los modelos y declaraciones que deberás presentar en enero de 2026, así como a quién afectan y qué representan cada uno.
EN ESTE ARTÍCULO ENCONTRARÁS
- Hasta el 20 de enero de 2026
- Hasta el 30 de enero de 2026
- Hasta el 31 de enero de 2026
- Empezar el año con el calendario fiscal bajo control
- Black Friday: grandes estrategias para pequeños negocios
- Cómo mejorar la gestión de tu inventario con pequeños hábitos que marcan la diferencia
- ¿Cuánto tiempo guardar las facturas?
- Cómo hacer una factura siendo autónomo
Hasta el 20 de enero de 2026
Modelo 111 — Retenciones de IRPF (4º trimestre 2025)
Este modelo deben presentarlo los autónomos y pymes que hayan tenido trabajadores en nómina o hayan pagado facturas a profesionales, para ingresar las retenciones de IRPF practicadas durante el cuarto trimestre de 2025.
Modelo 115 — Retenciones por arrendamientos (4º trimestre 2025)
Obligatorio para los negocios que tengan alquilado un local u otro inmueble urbano y estén obligados a practicar retención al arrendador. En este modelo se declaran las retenciones correspondientes al último trimestre de 2025.
Hasta el 30 de enero de 2026
Modelos 130 y 131 — Pagos fraccionados de IRPF (4º trimestre 2025)
Estos modelos sirven para ingresar pagos a cuenta del IRPF de la actividad económica:
Modelo 130, para autónomos en estimación directa.
Modelo 131, para quienes tributan en estimación objetiva (módulos).
Modelo 303 mensual — IVA de diciembre de 2025
Este plazo afecta a autónomos y empresas que presentan el IVA con periodicidad mensual, y corresponde a la declaración del IVA del mes de diciembre de 2025.
Modelo 390 — Resumen anual de IVA 2025
Se trata de una declaración informativa que recopila toda la información del IVA del año 2025. Su presentación se realiza junto con la última autoliquidación de IVA del ejercicio.
Modelo 349 — Declaración de operaciones intracomunitarias (4º trimestre 2025)
Este modelo deben presentarlo quienes hayan realizado entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes o servicios, informando a Hacienda de estas operaciones.
Hasta el 31 de enero de 2026
Modelo 369 — IVA del ecommerce (ventanilla única)
Este modelo deben presentarlo los negocios que vendan a consumidores de otros países de la Unión Europea o que estén acogidos a los regímenes especiales de importación. Permite declarar el IVA del comercio electrónico a través del sistema de ventanilla única establecido por la Agencia Tributaria.
Empezar el año con el calendario fiscal bajo control
Enero concentra muchas obligaciones, pero también es una oportunidad para ordenar la gestión fiscal desde el principio del año. Tener claros los plazos y los modelos a presentar evita sanciones, reduce estrés y permite dedicar más tiempo al negocio.
Contar con una herramienta de gestión que centralice facturación, impuestos y documentación puede marcar la diferencia a lo largo de todo el ejercicio.